Rodríguez Bravo y Asociados, S.C.
← Blog
SAT

Deducciones personales: qué gastos aplican y sus límites

Las deducciones personales permiten a una persona física reducir su base gravable en la declaración anual y, con frecuencia, obtener saldo a favor. Esta guía explica qué gastos califican, cuál es el límite vigente y qué implica la exclusión del RESICO.

Lectura relevante para:

Personas físicas · Contabilidad

Rodríguez Bravo y Asociados·24 de agosto de 2026
Deducciones personales: qué gastos aplican y sus límites: artículo sobre SAT de Rodríguez Bravo y Asociados
Aviso importante: Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría fiscal personalizada. La información se basa en disposiciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) vigentes a la fecha de publicación, pero la legislación y los criterios administrativos pueden cambiar. Para su situación particular, consulte directamente con un contador o con el SAT.

Las deducciones personales permiten a una persona física reducir su base gravable en la declaración anual y, con frecuencia, obtener saldo a favor. No todos los contribuyentes pueden aplicarlas: quienes tributan en RESICO están excluidos por disposición expresa del SAT. Esta guía explica qué gastos califican, cuál es el límite vigente y qué implica esa exclusión.

¿Qué son las deducciones personales?

Son gastos que la Ley del Impuesto Sobre la Renta permite restar de los ingresos acumulables en la declaración anual, con el efecto de reducir el ISR a cargo o generar un saldo a favor. Incluyen, entre otros, honorarios médicos, dentales y de psicología, gastos hospitalarios, primas de seguros de gastos médicos, colegiaturas, transporte escolar obligatorio, intereses reales de créditos hipotecarios, aportaciones voluntarias de retiro, gastos funerarios y donativos a instituciones autorizadas. Fuente oficial (SAT): sat.gob.mx

¿Cuál es el límite para deducir estos gastos?

El monto total de las deducciones personales no puede exceder la cantidad que resulte menor entre 5 Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o el 15% del total de los ingresos anuales del contribuyente, incluidos los ingresos exentos. Fuente oficial (SAT): gob.mx

Este tope general no aplica a todos los conceptos por igual. Los siguientes tienen reglas propias, independientes del límite de 5 UMAs o 15%:

Concepto
Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
Regla aplicable
Excluidos del tope general
Concepto
Donativos a instituciones autorizadas
Regla aplicable
Excluidos del tope general; sujetos a su propio límite (hasta 7% de los ingresos acumulables del ejercicio anterior)
Concepto
Aportaciones voluntarias y complementarias de retiro
Regla aplicable
Excluidas del tope general
Concepto
Estímulos fiscales
Regla aplicable
Excluidos del tope general

Fuente oficial (SAT): gob.mx

¿Quién puede aplicar deducciones personales?

Pueden aplicarlas las personas físicas obligadas a presentar declaración anual, sin importar el régimen bajo el cual tributen sus ingresos: sueldos y salarios, honorarios por actividad profesional, arrendamiento, actividad empresarial del régimen general, e ingresos por plataformas tecnológicas cuando presenten declaración anual sobre dicho ejercicio.

Addendum: quienes tributan en RESICO no pueden aplicarlas

El SAT establece de forma expresa que las personas que tributan o hayan tributado en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) no pueden aplicar deducciones personales en su declaración anual. Fuente oficial (SAT): gob.mx

Esta exclusión es consistente con el diseño del propio régimen: RESICO aplica tasas reducidas de ISR directamente sobre los ingresos efectivamente cobrados, sin permitir la deducción de gastos de la actividad ni, según lo confirma el SAT, deducciones personales en la declaración anual. Quien tributa en RESICO sigue obligado a presentar su declaración anual cuando corresponda, pero la calcula sin este beneficio adicional.

Para una persona física que evalúa si RESICO le conviene, este es un factor que debe pesar junto con la tasa reducida: la tasa baja sustituye, no complementa, la posibilidad de deducir gastos médicos, colegiaturas u otros conceptos personales.

Cómo preparar su declaración con deducciones personales

  • Solicite el CFDI de cada gasto deducible en el momento en que lo realice, con su RFC correcto y el uso de CFDI que corresponda (por ejemplo, D01 para honorarios médicos, D10 para pagos escolares).
  • Pague mediante medios electrónicos (transferencia, tarjeta de crédito o débito, cheque nominativo), ya que la mayoría de estos gastos no son deducibles si se pagan en efectivo.
  • Concentre sus CFDI a lo largo del año, en lugar de reunirlos hasta la fecha límite de la declaración.
  • Verifique el tope aplicable a cada concepto (colegiaturas por nivel educativo, donativos, gastos funerarios), ya que varios tienen límites propios además del tope general.
  • Confirme si su régimen le permite aplicar esta deducción antes de planear su declaración, especialmente si tributa en RESICO.

Preguntas frecuentes

  1. ¿Qué es una deducción personal en la declaración anual? Es un gasto que la ley permite restar de los ingresos acumulables de una persona física, con el efecto de reducir el ISR a cargo o generar un saldo a favor.
  2. ¿Cuál es el límite de deducciones personales? La cantidad que resulte menor entre 5 UMAs anuales o el 15% del total de los ingresos anuales del contribuyente, incluidos los exentos.
  3. ¿Puede una persona en RESICO aplicar deducciones personales? No. El SAT establece expresamente que quienes tributan o hayan tributado en RESICO no pueden aplicar deducciones personales en su declaración anual.
  4. ¿Los donativos tienen el mismo límite que las demás deducciones personales? No. Los donativos están excluidos del tope general de 5 UMAs o 15%, y tienen su propio límite, de hasta el 7% de los ingresos acumulables del ejercicio anterior.
  5. ¿Es obligatorio pagar con medios electrónicos para que el gasto sea deducible? Sí, en la generalidad de los casos. Los pagos en efectivo, salvo excepciones específicas, no califican para esta deducción.

Conclusión

Las deducciones personales son, para la mayoría de las personas físicas, la vía principal para reducir su ISR anual o generar saldo a favor. Quienes tributan en RESICO deben considerar que esta opción no está disponible para ellos, lo cual conviene evaluar junto con la tasa reducida del régimen antes de decidir en qué esquema tributar.

Este artículo es informativo y no sustituye una consulta personalizada.

¿Te resultó útil? Compártelo.